Desde que se publicó el Real Decreto 875/2014, que regula las titulaciones náuticas para el gobierno de la embarcaciones de recreo en España, se introdujeron cambios importantes en las titulaciones de patrones deportivos, que hemos explicado en algún artículo anterior (ver «Nueva normativa para las titulaciones»).

Hay muchos cambios que hemos ido comentando, pero uno de ellos fue la posibilidad de ampliar las atribuciones del Per simplemente asistiendo a unas prácticas de 24 horas de duración, que se hacen seguidas y que incluyen, lógicamente, la navegación nocturna. Las atribuciones básicas del Per (12 millas de costa y 15 metros), quedan así ampliadas a 24 metros de eslora y la posibilidad de navegar entre la costa peninsular española del Mediterráneo y las Islas Baleares. En cuanto al título de Patrón de yate, éste se amplia de las 60 millas permitidas anteriormente desde la costa, hasta 150 millas, además de aumentar la eslora de 20 a 24 metros.

Es por ello que queremos aclarar las dudas que pueden surgir a muchas personas que ya están en posesión del Per y se ven tentadas de obtener el Per ampliado. Primeramente hay que valorar qué tipo de navegación se pretende hacer y en qué mar. Si una persona navega solamente por el Cantábrico o por el Atlántico, bien en su vertiente gallega o andaluza, de nada le va a servir la ampliación del Per, salvo que pretenda manejar embarcaciones de más de 15 metros de eslora, lo cual no suele ser habitual. Ahora bien, pongamos por ejemplo que otra persona con el Per tenga su embarcación en la costa del Mediterráneo peninsular o bien quiera alquilarla allí,  y pretenda cruzar navegando hacia las Baleares. En este caso está muy justificado que amplíe sus atribuciones. No obstante, también hay que saber que con el Per normal se puede navegar entre las islas Baleares y las Canarias, y por ello debemos de recordarlo para no caer en equívocos y pensar que hay que ampliar la titulación para ello.

Entonces, ¿qué ventajas tiene obtener el título de Patrón de Yate? Diríamos que la principal es la ampliación de la distancia de navegación desde la costa: 150 millas. Con esta distancia se puede cubrir todo el Mediterráneo, ya que siempre estaremos a esa distancia de cualquier costa, inclusive estando en alta mar. Por otro lado, si pretendemos navegar por el Atlántico, podremos cruzar hasta Canarias tranquilamente, e incluso, siguiendo la costa africana, podríamos cruzar también hasta el archipiélago de Cabo Verde.

Además, actualmente, el temario del examen de Patrón de yate se ha reducido considerablemente respecto a lo que era, y es más asequible. Nosotros recomendamos hacer el curso de Patrón de yate recién obtenido el Per, ya que se tienen frescos los conceptos de la carta de navegación, y aunque se amplíen bastante los diferentes tipos de ejercicios, se apoyan en los que se han estudiado para obtener el título del Per. Aparte, es necesario poseer la titulación del Per para poder acceder a la de Patrón de yate.